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TUMBA TEPJF CANDIDATURA A CABEZA DE VACA; DEJAN A ANAYA

Érika Hernández                                  

Agencia Reforma

 

Ciudad de México 17 abril 2024.- El Tribunal Electoral tumbó la candidatura a diputado federal del ex Gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, por tener dos órdenes de aprehensión, por delitos de delincuencia organizada y cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita.

 

Mientras que la Sala Superior decidió mantener la candidatura al Senado del panista Ricardo Anaya, quien está exiliado al ser acusado por Emilio Lozoya de recibir pagos ilegales de Odebrecht, pero no tiene una orden de aprehensión.

 

Ambos proyectos fueron presentados por la Magistrada Janine Otálora, quien al arrancar la sesión advirtió que presentará un recurso interno porque sus propuestas fueron entregadas a las partes quejosas y denunciadas, lo que provocó que la presionaran. 

 

«Se revoca el registro del candidato (Francisco Javier Cabeza de Vaca) al resultar inelegible, porque se acredita la suspensión de derechos políticos prevista en el artículo 38, fracción quinta de la Constitución General, al actualizarse las condiciones necesarias para considerar que está sustraído de la acción de la justicia.

 

«En primer lugar, se acredita el elemento de carácter normativo porque existen por lo menos, dos órdenes de aprehensión vigentes en su contra, sin que hayan prescrito las acciones penales», indica la sentencia aprobada por cuatro votos contra uno.

 

Se advierte que las autoridades del Estado mexicano han desplegado acciones para ejecutar las órdenes de aprehensión giradas en su contra, por lo que sí está sustraído de la justicia.

 

Por ello, se dan 48 horas al PAN para que presente a quien sustituirá al tamaulipeco en la posición uno de la segunda circunscripción.

 

En el caso de Ricardo Anaya se asegura que no existen órdenes de aprehensión, aunque él está exiliado en Estados Unidos por temor a una acción penal en su contra.

 

«Se confirma el registro respectivo porque no se actualiza la suspensión de los derechos políticos del candidato denunciado que hizo valer el partido actor. 

 

«Esto, debido a que no acreditó: uno, la existencia de una orden de aprehensión sin que haya prescrito la acción penal; y dos, que el candidato denunciado se encuentra sustraído de la acción de la justicia, a fin de evitar ser sujeto a proceso penal», indica la sentencia sobre Anaya, que fue avalada también por cuatro votos a favor y uno en contra.

 

Durante la sesión, Otálora denunció presiones. Los propios panistas y morenistas reconocieron que acudieron entre lunes y martes a «audiencias» con los magistrados para tratar ambos temas.

 

«La preocupación de estas filtraciones desde adentro para que desde afuera vengan a presionar, no son una práctica judicial deseable», indicó.

 

El único magistrado que votó en contra de quitarle la candidatura a Cabeza de Vaca fue Reyes Rodríguez, a quien se le ha acusado ser cercano al ex Gobernador.

 

Aseguró que el INE le entregó la candidatura porque hay amparos, y debe privilegiarse la presunción de inocencia.

 

«No hay una orden de detención vigente porque hay también suspensiones de amparo, cómo puede considerarse prófugo de la justicia alguien que está legalmente en libertad y no puede ser detenido y no hay actos positivos que en caso de un requerimiento judicial de presentación ante la autoridad o de ejecución de la detención no hay ningún acto que demuestre que está en este supuesto de prófugo de la justicia.

 

«Resulta fundamental destacar y aclarar a la ciudadanía que, en ninguna circunstancia, la simple emisión de una orden de aprehensión resulta suficiente para suspender en automático los derechos político-electorales de una persona imputada, que se requiere de una declaración judicial para ello», afirmó.

 

En respuesta, la Magistrada Otálora recordó que en el 2021 se liberó contra el ex Gobernador de Tamaulipas una orden de aprehensión por delitos de delincuencia organizada con la finalidad de cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita y otros, y en el 2024 otra orden por delitos similares. 

 

Consideró que los amparos no surten efectos inmediatos para dejar insubsistentes las órdenes de aprehensión, pues están en revisión.

 

«Estas órdenes de aprehensión no se invalidan con la suspensión, ya que el único efecto de ésta es que el candidato no pueda ser privado de su libertad, pero en ningún momento tiene como efecto invalidar la existencia o vigencia de los actos de origen», indicó la magistrada.

 

Aunque Reyes estuvo de acuerdo en mantener a Anaya como candidato, afirmó que votaba en contra por no estar de acuerdo con el procedimiento.

 

Informó que se pidió un requerimiento a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, y ésta informó que no existen registros de órdenes de aprehensión en su contra, pero no se pidió lo mismo a la FGR.

 

 

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