LA LÍNEA DIFUSA
Walter Olivera Valladares / @WalterOliverav
Cuando decidimos usar pasillos estrechos para avanzar en la interpretación de la justicia, cualquier ideal de defensa de los sectores vulnerables puede volverse contradictorio y conflictivo.
El pasado 10 de marzo, la ministra María Estela Ríos González encendió una dura polémica jurídica y científica durante el debate de un proyecto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relacionado con la Ley Orgánica de la Fiscalía de Chihuahua, cuando sugirió que una persona nacida por fecundación in vitro podría no formar parte de una familia.
La reciente insinuación de Ríos González es el reflejo de lo fácil que se puede perder el foco y quedar atrapados en un terreno moralmente ambiguo.
En redes sociales, su posicionamiento causó rechazó inmediato, pues la infertilidad es una creciente problemática y la reproducción asistida la única alternativa para millones de mujeres.
Según el Consejo Nacional de Población, 1.5 millones de parejas mexicanas enfrentan problemas para lograr el embarazo; y en promedio 17% de las mujeres en edad fértil registran algún grado de dificultad para concebir.
A pesar de la aclaración que posteriormente divulgó Ríos González, especialistas en medicina reproductiva y abogados en derechos de la familia, consideraron semejante declaración un retroceso social grave, especialmente por originarse en el máximo tribunal del país.
Pero más allá de lo que las críticas sugieren y la evidente confusión de la jurista, su controvertida interpretación revela una larga cadena de cuestionamientos en materia de violencia familiar, mujeres víctimas de agresión, servicios especializados, exclusividad de atención, sentencias, enfoques, protección de derechos, prejuicios biológicos o conceptos de adopción…
Lo ocurrido en el pleno de la Corte ese día, no sólo fue un desafortunado titubeo, nos obliga a redimensionar los alcances de la ley y su capacidad de cobertura. Nos enfrenta a la realidad abrumadora y persistente de las inconsistencias y desafíos al momento de garantizar protección a las víctimas.
Sin duda la línea puede volverse difusa, pero queda claro que el núcleo familiar en su forma más esencial no puede ser restrictivo o cerrado -por el contrario- desde la Constitución se busca la integración de la familia como un modelo de dignidad y apertura social. Por ello el concubinato y los matrimonios entre personas de un mismo sexo también son considerados vínculos familiares.
La inminente ligereza con la que abordaron el tema lleva a replantear la necesidad de abandonar los viejos estereotipos, que pensábamos ya superados, para reafirmar concepciones modernas que incluyen a los hijos no biológicos como parte de una familia, y a profundizar en aspectos como el arrendamiento de vientres o subrogación de úteros.
Finalmente, los magistrados resolvieron que las mujeres víctimas de violencia de género en Chihuahua reciban atención exclusiva de una Fiscalía Especializada; en consecuencia, anula las disposiciones que ampliaban las facultades de esa fiscalía para atender asuntos relacionados con la familia. Lo que de acuerdo a la Corte garantiza la prestación de servicios focalizados y más apropiados.
Pero la ola de reacciones públicas planteó dudas ¿Estamos frente a una visión de justicia menos vanguardista? ¿Nos debe preocupar? ¿Se pone en riesgo la pertenencia familiar de los adoptados o concebidos con reproducción asistida? ¿Qué señal nos están enviando?
