SANCIONARÁN HASTA CON 20 AÑOS DE PRISIÓN ABUSO SEXUAL INFANTIL
- Se establece el pago y la reparación de los
daños y perjuicios de manera integral.
- Las y los responsables de este delito perderán
la patria potestad o la tutela en los casos en que la ejerzan sobre la
víctima.
A quien cometa abuso sexual infantil cuando la
víctima esté bajo su custodia, guarda, educación o se aproveche de la confianza
depositada se hará acreedora a una sanción de hasta 20 años de prisión, establecen
las reformas al Código Penal del Estado de México aprobadas por unanimidad de
la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local.
De acuerdo con las reformas impulsadas por la diputada Ingrid Schemelensky
Castro (PAN), las penas previstas actualmente para los casos de abuso sexual
aumentarán hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo cuando el delito lo
cometa uno de los cónyuges, por un ascendiente contra su descendiente, por un
hermano contra el otro, el tutor contra su pupilo, o por el padrastro,
madrastra, concubina, concubinario, amasio o amasia en contra del hijastro o
hijastra. Además, perderán la patria potestad o la tutela en los casos en los
que se ejerza sobre la víctima.
Lo mismo pasará cuando se haga uso de la violencia física o moral o cuando el
delito sea cometido por quien tenga o haya tenido relación con la víctima por
motivos laborales, docentes, médicos, domésticos, religiosos o cualquier otro
que implique confianza o subordinación; además, si el delito es contra una
persona menor de edad, la persona condenada será destituida del cargo o empleo
e inhabilitada o suspendida hasta por el término de cinco años en el ejercicio
de su profesión, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor.
De igual manera, se sancionará cuando la o el ofendido tenga alguna
discapacidad que limite las actividades de su vida diaria e impida su
desarrollo individual y social. Además, se puntualiza que es obligación de
quien ejerza la patria protestad del menor hacer del conocimiento o denunciar
ante las instancias competentes cualquier presunto caso de abuso sexual en su
contra.
De acuerdo con el dictamen aprobado quien cometa el delito de abuso sexual
deberá pagar y reparar los daños y perjuicios de manera integral, además de que
este será incluido en los casos de reincidencia y habitualidad, por lo que no
se otorgarán beneficios, sustitutivos ni la suspensión de la pena de prisión,
aún en el caso de delincuentes primarios. El dictamen será remitido al Pleno
Legislativo para su votación definitiva.
Cabe señalar que actualmente este delito tiene penas que van de los dos a
cuatro años de prisión, que se extienden a ocho y 15 años si se ejecuta en una
persona menor de edad o que no tenga la capacidad de comprender las cosas o de
resistir al hecho, un acto erótico o sexual sin el propósito de llegar a la
cópula o a quien lo realice en su presencia o haga ejecutarlo para sí o en otra
persona.